Nuevo régimen de facilidades de pago
Mediante la Resolución General 5321/23 se estableció un nuevo régimen de facilidades de pago con el objetivo de promover la normalización de las deudas, teniendo en cuenta el perfil del contribuyente y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales.
Alcance:
a) Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, a excepción de lo previsto en el segundo párrafo del inciso a) del artículo 5° de la presente.
b) Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N.º 22.415 y sus modificaciones-.
*La regularización mediante el presente régimen no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones*
Tipos de planes:
- Plan por deuda general: Alcanzará a las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia -aun cuando las mismas se encuentren en gestión judicial-, así como también sus accesorios.
- Plan por deuda de impuestos anuales: Comprenderá a las obligaciones vencidas a partir del 1° de enero de 2023 del impuesto a las ganancias -incluido el impuesto cedular- y/ o del impuesto sobre los bienes personales.
- Plan por deuda de aportes previsionales de los trabajadores autónomos y/o del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo): Alcanzará a las obligaciones de ambos regímenes, aun cuando las mismas se encuentren en gestión judicial, así como también sus accesorios.
- Plan por deuda aduanera.
- Plan por deuda proveniente de la actividad fiscalizadora.
En el siguiente link podrán visualizar la resolución completa tal como ha sido publicada en el Boletín Oficial.
RESOLUCIÓN GENERAL 5321/23 – BOLETÍN OFICIAL