ALIVIO FISCAL PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
En el marco de las medidas económicas anunciadas por el Poder Ejecutivo Nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el plan de alivio fiscal. La medida se oficializó en la Resolución General 5361.
El nuevo régimen de facilidades de pago está destinado al sector MiPyMEs, para cancelar obligaciones tributarias y recursos de la seguridad social, vencidas al 30 de abril de 2023.
Dependiendo del tipo de deuda a cancelar, las micro y pequeñas empresas pueden acceder hasta un máximo de 84 cuotas, las medianas empresas tramo I hasta 48 cuotas y el resto de los contribuyentes hasta 36 cuotas.
Las obligaciones alcanzadas para este plan de facilidades de pago son:
- Obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social, incluidos sus intereses y multas vencidas al 30/04/2023
- Multas impuestas y cargos aduaneros
- Planes de pagos que estén caducos al 17/05/2023
El acogimiento al plan de facilidades de pago estará vigente desde el 29 de mayo, hasta el 29 de septiembre de 2023, inclusive.
Es importante destacar que la regularización mediante el régimen no implica reducción de intereses, como tampoco la liberación de las sanciones pertinentes. Además, no se podrá utilizar este plan para reformular planes ya vigentes.
Alivio Fiscal en la Tasa Badlar
Las medidas anunciadas también contemplan un alivio fiscal en las cuotas de entre el 45% y el 55% del valor, dependiendo la cantidad de cuotas del plan y la deuda incluida.
Esta medida está destinada a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2, para vencimientos de junio a diciembre de 2023.